
Muchas personas que son dueñas de un auto optan por incorporar objetos u accesorios de decoración, como stickers, calcomanías, o banderines, por ejemplo. Algunos con el fin de adornar, otros con el fin de transportar en su vehículo sus ideales o posturas políticas.
En general, lo más común es que de portar banderas, estas sean chilenas o mapuches. Y quizás no lo sabías, pero existen reglamentos en la Ley de Tránsito al respecto.
Revisa las multas, deudas TAG, propietarios, kilometraje, limitaciones al dominio y todos los antecedentes legales y mecánicos de un vehículo usado.
Sí, puedes. Esto está permitido, sin embargo, bajo ciertas condiciones. Solo puedes portar una bandera o banderín en tu auto en los días de aniversario patrio, en septiembre. Eso sí, vale destacar que no es obligación que lo hagas.
Así, el artículo 82 de la Ley de Tránsito prohíbe el uso de banderines en el exterior de los vehículos, excepto en los de Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, Cuerpo de Bomberos y ambulancias. Pero permite su utilización en las fechas indicadas.
A su vez, y para que lo tengas en consideración, el artículo 83 establece que solo vehículos de Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y del Cuerpo de Bomberos pueden usar los colores, elementos y distintivos de sus instituciones.
La bandera que instales en el exterior de tu auto debe cumplir con la Ley de Tránsito en cuanto a que no puede ser un elemento que no permita la correcta visibilidad del camino ni el control del auto, por lo que debe ser pequeña y ligera. Ten cuidado, porque tampoco puede interrumpir con los elementos de iluminación de tu auto, ni la placa patente.
Si estás buscando un accesorio patrio, estas banderas para autos las puedes encontrar en casi cualquier lugar, en periodo de fiestas patrias, incluso en la calle. Su valor puede ir desde los $1.000 a $6.000.
Si llegas a portar una bandera en tu auto fuera del periodo de fiestas patrias, entonces estarás incurriendo en una falta leve, cuya multa va desde 0,2 a 0,5 UTM ($13.784,6 a $34.461,5, de acuerdo al valor de la UTM de julio de 2025, cuando 1 UTM equivale a $68.923).
Por estas razones no debes conducir portando una bandera como accesorio en tu auto a menos que sean fiestas patrias, pues además de arriesgar sanciones, podrías ser confundido con un vehículo oficial.
*Imagen obtenida dese el sitio web de Mercado Libre.
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